Seguro de Accidentes Personales

El Seguro de Accidentes Personales brinda protección económica frente a determinados accidentes que puedan sufrir trabajadores independientes, autónomos, monotributistas, profesionales, contratistas y otras personas que realizan actividades laborales o profesionales.

En Pérez | Asoc. asesoramos en la contratación de seguros de Accidentes Personales, evaluando la actividad realizada, el nivel de riesgo, las sumas aseguradas y las alternativas disponibles según cada aseguradora.

¿Qué cubre un Seguro de Accidentes Personales?

Las coberturas pueden variar según la compañía y el plan contratado. Dependiendo de la póliza, pueden contemplarse:

  • Fallecimiento accidental.
  • Invalidez total o parcial permanente como consecuencia de un accidente.
  • Asistencia médica y farmacéutica por accidente.
  • Gastos de traslado derivados de un accidente.
  • Gastos de sepelio, cuando se encuentren incluidos.
  • Renta diaria por internación, cuando se contrate como cobertura adicional.

Seguro para trabajadores independientes y monotributistas

Si sos trabajador independiente, autónomo o monotributista, un Seguro de Accidentes Personales puede brindarte protección frente a las consecuencias económicas de un accidente, de acuerdo con las condiciones y límites establecidos en la póliza.

La actividad declarada es fundamental al momento de contratar, ya que el riesgo y las condiciones de cobertura pueden variar según el trabajo realizado.

¿Para quién puede servir un Seguro de Accidentes Personales?

  • Trabajadores autónomos e independientes.
  • Monotributistas.
  • Profesionales.
  • Contratistas.
  • Prestadores de servicios.
  • Personas que realizan trabajos eventuales.
  • Personas que necesitan cobertura para una actividad determinada.

Accidentes Personales y ART: ¿son lo mismo?

No. La ART y el Seguro de Accidentes Personales son coberturas diferentes.

La ART forma parte del Sistema de Riesgos del Trabajo y corresponde a relaciones laborales alcanzadas por dicho régimen. El Seguro de Accidentes Personales puede utilizarse para otras situaciones, pero no debe considerarse automáticamente como reemplazo de una ART cuando existe obligación legal de contar con ella.

¿Cómo se cotiza un Seguro de Accidentes Personales?

Para solicitar una cotización normalmente es necesario informar algunos datos básicos:

  • Actividad o tarea que realiza la persona asegurada.
  • Cantidad de personas a asegurar.
  • Edad de los asegurados.
  • Lugar donde se desarrolla la actividad.
  • Período de cobertura requerido.
  • Sumas aseguradas solicitadas.

Seguro de Accidentes Personales en Caseros y Zona Oeste

En Pérez | Asoc. brindamos asesoramiento en seguros de Accidentes Personales para clientes de Caseros, El Palomar, Ciudad Jardín, Ciudadela, José Ingenieros, Morón, Ramos Mejía, Sáenz Peña, Santos Lugares, Villa Devoto y distintas localidades de Zona Oeste.

Analizamos cada caso para buscar una alternativa adecuada según la actividad, las características del riesgo y las opciones disponibles.

¿Por qué contratar tu Seguro de Accidentes Personales con Pérez | Asoc.?

Te ayudamos a analizar las alternativas disponibles, las condiciones de cobertura y las características de cada producto para que puedas contratar una opción adecuada a tu actividad.

Consultanos para cotizar tu Seguro de Accidentes Personales.

Preguntas frecuentes sobre Accidentes Personales

¿Puedo contratar Accidentes Personales si soy monotributista?

Sí, dependiendo de la actividad y de las condiciones de aceptación de la aseguradora.

¿Se puede asegurar a varias personas?

Existen alternativas para asegurar grupos de personas. Las condiciones y actividades aceptadas dependen de cada aseguradora.

¿Cubre cualquier tipo de trabajo?

No necesariamente. Cada compañía establece actividades admitidas, exclusiones y condiciones de contratación.

¿Cubre gastos médicos?

Puede incluir asistencia médica y farmacéutica por accidente, dependiendo de la cobertura contratada y de los límites establecidos en la póliza.

Las coberturas, sumas aseguradas, límites y condiciones dependen de cada aseguradora y de la póliza contratada. La información publicada es de carácter general.